Otros tipos de Préstamo

El préstamo permanente a cubículo consiste en facilitar al investigador el material para que lo utilice directamente en su cubículo de trabajo. Este servicio se brindará bajo las siguientes condiciones:

  1. Los préstamos deberán ser renovados cada año.
  2. La biblioteca se reserva el derecho de revisar el material cuando así lo considere pertinente y de pedir su devolución en caso de ser requerido por otro investigador.
  3. Únicamente se prestarán obras de consulta u obras básicas que apoyen las líneas de investigación de los académicos y no se prestarán materiales que por su antigüedad, estado de deterioro o formato especial sea necesario preservar con mayor cuidado.
  4. El material no debe salir del instituto.

Préstamo especial:

  1. Se dará este servicio únicamente al personal académico del instituto. El préstamo especial será exclusivamente a cubículo por dos semanas, con opción a tres renovaciones de una semana cada una en caso de que el material no haya sido solicitado por otro académico.
  2. Para aquellos materiales que no pueden salir de la biblioteca y que una institución externa solicite el préstamo con fines de exposición, deberá sujetarse al procedimiento interno de la biblioteca y al manual para el control y movimiento del patrimonio cultural de la UNAM. Véase Reglamento de Biblioteca en el Anexo B.

Fondo Reservado y Fondo Antonio Alzate:

La consulta del Fondo Reservado y del Fondo Antonio Alzate se proporcionará en las condiciones siguientes:

  1. Personal académico e investigadores visitantes del instituto:
    1. Los materiales deberán consultarse dentro de la biblioteca y utilizar las mesas de trabajo que se encuentran en el acervo. El usuario deberá sujetarse a los lineamientos del cuidado del material que se especifican. Véase Reglamento de Biblioteca en el Anexo A.
    2. Una vez terminada la consulta, el usuario deberá dejar los materiales en las mesas de trabajo para que el personal de la biblioteca los reincorpore a su lugar.
  2. Investigadores externos y tesistas:
    1. Los investigadores externos deberán solicitar el servicio por escrito al coordinador de biblioteca. Véase en el Reglamento de Biblioteca en el Anexo C.
    2. Los tesistas deberán presentar un oficio en el que se especifique la temática de la tesis y el tiempo de elaboración de la misma firmado por el director o asesor de tesis.
    3. Tanto investigadores externos como tesistas deberán presentar una identificación oficial vigente.
    4. El préstamo se hará únicamente en el lugar señalado para este fin dentro de la biblioteca.

El coordinador de la biblioteca es el encargado de decidir qué materiales pueden prestarse, dependiendo de sus características.

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