Capítulo I. De las Disposiciones Generales

Artículo 1º

El presente reglamento tiene como propósito establecer las normas generales de organización y operación de la Biblioteca Rafael García Granados del Instituto de Investigaciones Históricas de conformidad con el Reglamento General del Sistema Bibliotecario y de Información de la Universidad Nacional Autónoma de México (RG-SIBIUNAM).

Artículo 2º

Para efectos del presente reglamento, se entiende por:

  1. Dirección General de Bibliotecas (DGB), la dependencia adscrita a la Secretaría General que tiene las siguientes funciones: coordinar, prestar servicios, elaborar el plan anual, coadyuvar en la vigilancia de la utilización racional de los recursos, además de opinar sobre la creación o fusión de las bibliotecas, aplicar el plan de capacitación, realizar los procesos técnicos y difundir los planes y programas en las bibliotecas que integran el Sistema Bibliotecario de la Universidad Nacional Autónoma de México.
  2. Biblioteca Rafael García Granados, un área de apoyo académico que depende directamente de la Secretaría Académica del instituto, creada para coadyuvar en las tareas sustantivas del instituto y de la propia universidad por medio de los servicios bibliotecarios que ofrece a su comunidad y al público en general.
  3. Servicios bibliotecarios, aquellas actividades académicas, técnicas y administrativas de la biblioteca del instituto que están encaminadas a satisfacer las necesidades de información de los usuarios.

Artículo 3º

Además de este reglamento, el funcionamiento de la Biblioteca Rafael García Granados estará regido por los anexos.

Artículo 4º

Este reglamento podrá ser modificado por el director del instituto sólo con la aprobación del Consejo Interno del mismo. Los anexos de este reglamento serán modificados por el Coordinador de la Biblioteca Rafael García Granados.

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